000 03093nam a2200313Ia 4500
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008 210503s2014||||ec |||||||||||||| ||spa||
020 _a978-9942-13-640-4
040 _aUCACUE
041 _aspa
043 _cEC
082 _a348.04 - Jurisprudencia
_bC318j
100 _aCueva Carrión, Luis
_eautor
245 0 _aJurisprudencia de la corte constitucional.
250 _a1a edición:
_bTomo V.
260 _aEcuador:
_bEdiciones Cueva Carrión,
_c2014.
300 _a278 páginas:
_c21 x 15 cm.
500 _aIncluye índice general
505 _aSentencia aditiva vinculante:.-- Origen de la categoría jurídica: “control concreto de constitucionalidad”.-- Procedimiento para el control concreto de la constitucionalidad de la norma.-- La consulta de constitucionalidad debe ser motivada.-- La consulta de constitucionalidad no es un mecanismo para dilatar la administración de justicia.-- Los juicios en ausencia del procesado son válidos a la luz del ordenamiento jurídico constitucional.-- Inmediación y celeridad procesal.-- Las infracciones de tránsito son esenciales culposas.-- Principio de conservación del derecho.-- Requisitos para que un recurso pueda ser admitido.-- El derecho de recurrir de un fallo no es absoluto.-- El juzgamiento en ausencia del procesado, previsto en el inciso primero del art. 178 de la ley orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial. Es constitucional.-- Sentencia aditiva.-- Texto íntegro de la sentencia aditiva vinculante.-- Sentencia de inconstitucionalidad:.-- Sentencia de la corte constitucional que declara la constitucionalidad, por el fondo, del inciso segundo del art. 63 de la y orgánica de la fundación legislativa porque contraviene, expresamente, los arts.: 137, tercer inciso; 138, 139 y 147, numerales: 11 y 12 de la constitución de la República del Ecuador. En consecuencia, el mencionado art. 63, esta expulsado del ordenamiento jurídico.-- La corte constitucional es cabeza de la jurisdicción constitucional.-- Objeto de la demanda de inconstitucionalidad.-- Ámbito de funcionamiento de la acción de inconstitucionalidad.-- Aplicación del principio “in dubio pro legislatore”.-- En el estado contemporáneo ya no existe la separación absoluta de los llamados “poderes”.-- La norma jerárquicamente superior puede modificar o derogar, válidamente, a todas las de los niveles inferiores.-- El inciso segundo del artículo 63 de la ley orgánica de la función legislativa vulnera la constitución de la república.-- Texto íntegro de la sentencia de inconstitucionalidad.-- Jurisprudencia de la acción por incumplimiento.-- Jurisprudencia de la acción extraordinaria de protección.-- Jurisprudencia de la medidas cautelares constitucionales.
513 _b2014
650 _aINCONSTITUCIONALIDAD
_912290
650 _aJURISPRUDENCIA
_94224
650 _aJUSTICIA
_94226
650 _aJUZGAMIENTO
_99409
653 _aDERECHO CONSTITUCIONAL
942 _cBK
_e2021-06-16
_zIng. Stefania Alvarado
999 _c106672
_d106672